Etiqueta: sexting

Estamos seguros de que nunca hemos hecho nada en este terreno que pueda ser delictivo?

La conducta recogida en el artículo 197.7 del Código Penal es comúnmente conocida como sexting, término que aúna las palabras sex y texting.

Consiste en difundir, revelar o ceder a terceros, sin consentimiento, imágenes o grabaciones obtenidas con anuencia. Es decir, si A le envía a B unas fotos de contenido erotico, dentro de una relación de confianza, B cometerá delito si difunde dichas fotos sin permiso de A, a pesar de que A las envíe de forma voluntaria. La conducta no incluye textos ni audios.

Para que sea delito es necesario que la conducta lesione gravemente la intimidad de A. Por tanto, si A publica ese tipo de fotos habitualmente en sus redes sociales, se entenderá que no hay lesión del bien jurídico protegido y no habrá delito.

Observad que el delito se refiere a la intimidad y aunque siempre lo relacionamos con el sexo, podría cometerse el delito si, por ejemplo, A envía unas fotos a B en la que se observan lesiones por haber sido maltratada y B sin consentimiento, las difunde. Igualmente si le envía, por ejemplo la grabación de cuando dio a luz a su hijo.

En el tipo delictivo no hay distinción de género. Es decir, A y B pueden ser indistintamente hombre o mujer.

Nos surge la pregunta: comete delito C si reenvía las fotos que le ha remitido B sin consentimiento de A?

La doctrina y la jurisprudencia está dividida pero la opinión más generalizada es que no, porque el tipo delictivo no lo recoge expresamente. 

Normalmente tendemos a relativizar las conductas que se cometen por vía telemática, sin darnos cuenta de que puede cometerse el delito con un simple click.

Tenemos en general la impresión de que todos los adolescentes siguen un mismo patrón. Que se uniformizan. Sin embargo, muy recientemente cambió mi opinión.

Esta semana, el compañero Nacho Sánchez y yo dimos una charla a dos grupos en un centro público integrado de formación profesional de Valencia. Los oyentes tenían entre 15 y 19 años.

El objetivo de la charla era acercarles el mundo penal, que conocieran de forma directa y práctica las conductas que son delito y qué consecuencias pueden tener para ellos. Desde las dos perspectivas: como infractor y como víctima.

Nacho y yo decidimos hacerlo de forma abierta, respondiendo a todo lo que quisieran preguntar sobre el tema. Y el resultado, por la gran variedad de las consultas, fue una auténtica sorpresa.

Nos formularon muchas dudas acerca de la diferencia entre el autoconsumo y el tráfico de drogas. Les costaba mucho entender que la droga es una sustancia ilegal y que, por tanto, la tenencia para el consumo propio está sancionada por vía administrativa.

Pero también algunos de ellos nos hablaron de sus experiencias como víctimas de ciberacoso.

Otras estaban interesadas en saber la edad en la que se puede prestar un consentimiento válido para mantener relaciones sexuales, y todos se quedaron muy sorprendidos al conocer que el Código Penal entiende que por debajo de los 16 años el consentimiento es irrelevante, no tiene validez.

Hablamos también sobre el ciberbaiting (acoso virtual a los profesores) y del sexting. La mayoría nos confirmó que habían recibido por el móvil una foto que no iba dirigida a ellos de un tercero con contenido sexual. Les advertimos que es delito el reenvío de tales imágenes.

Algunos conocían bien la diferencia entre las medidas impuestas a los menores que cometen delitos (como la libertad vigilada) y las penas de los adultos. Lo que la mayoría no sabían es que una medida de internamiento cerrado de menores puede acabar cumpliéndose en la cárcel.

Pero lo que nos dio la posibilidad de hablar realmente en la práctica de las consecuencias de las infracciones penales fue que justo antes de iniciar la segunda sesión con otro grupo de adolescentes, llegó la policía para buscar a dos de las alumnas sospechosas de haber sustraído una mochila y se las llevó detenidas! . Eso nos permitió tratar con sus compañeros las consecuencias reales e inmediatas que tiene cometer un delito. A veces la realidad nos escribe el guión.

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